NORMATIVA LEGAL

Según el Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de la Educación Primaria en Lengua Castellana y Literatura.

Nos centraremos en el punto número 5, por el cual abarca nuestra Educación Literaria.


Contenidos:

  • Valoración de los textos literarios como vehículo de comunicación y como fuente de conocimiento de otros mundos, tiempos y culturas y como disfrute personal.
  • Lectura comentada de poemas, relatos y obras teatrales.
  • Comprensión, memorización y recitado de poemas con el ritmo, entonación y dicción adecuados.
  • Identificación de recursos literarios
  • Lectura guiada de textos narrativos de tradición oral, literatura infantil, adaptaciones de obras clásicas y literatura actual.


Criterios de evaluación

  • Apreciar el valor de los textos literarios y utilizar la lectura como fuente de disfrute e información y considerarla como un medio de aprendizaje y enriquecimiento personal de máxima importancia. 
  •  Conocer y valorar los recursos literarios de la tradición oral: poemas, canciones, cuentos, refranes, adivinanzas.
  • Integrar la lectura expresiva y la comprensión e interpretación de textos literarios narrativos, líricos y dramáticos en la práctica escolar, reconociendo e interpretando algunos recursos del lenguaje literario (metáforas, personificaciones, hipérboles y juegos de palabras) y diferenciando las principales convenciones formales de los géneros. 


Estándares de aprendizaje evaluables

  • Realiza lecturas guiadas de textos narrativos de tradición oral, literatura infantil, adaptaciones de obras clásicas y literatura actual. 
  • Interpreta el lenguaje figurado, metáforas, personificaciones, hipérboles y juegos de palabras en textos literarios.
  • Distingue algunos recursos retóricos y métricos propios de los poemas. 

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